Datos Mercado OS

Energía - Electricidad

Descripción del trámite

La Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, introduce mecanismos de competencia cuya aplicación exige la implantación de un sistema de medidas homogéneo y efectivo de los tránsitos de energía entre las diversas actividades eléctricas.

El sistema de medidas eléctricas constituye un elemento básico necesario para el funcionamiento de un mercado abierto y para efectuar el cierre de las energías intercambiadas entre los distintos sujetos, que posibilita su liquidación económica.

Red Eléctrica, como operador del sistema, ha desarrollado el Sistema de Información de Medidas Eléctricas (Simel) para gestionar la información de la energía intercambiada entre los puntos frontera del mercado eléctrico español de acuerdo con los requisitos establecidos. El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, aprobó el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico y define el funcionamiento del Simel.

Normativa

  • Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico
  • Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico

Requisitos técnicos

Certificado Certificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

 

Máquina virtual de Java Java (JRE)

Dado que la implementación del módulo de transmisión telemática se ha realizado en el lenguaje de programación JAVA, el cliente debe tener instalado la jre de java en su versión 1.6 o superior, con las siguientes recomendaciones:

  • No necesita de ningún navegador concreto ya que la aplicación es descargada y ejecutada por el jre de java.
  • Al menos la primera vez, el módulo de transmisión debe ser ejecutado por un usuario con privilegios de Administrador sobre el puesto de trabajo.
  • El sistema soporta tanto sistemas Windows como Linux con salida a Internet, asegurándose de que es posible establecer conexiones entrantes y salientes SSL (puerto 443) desde el puesto de trabajo que efectuará la transmisión.

Preguntas frecuentes

Consultas e incidencias exclusivamente técnicas de la Sede Electrónica

Si tiene alguna incidencia o consulta técnica relacionada con el uso de la sede electrónica o con el acceso al portal de notificaciones, puede rellenar el siguiente formulario.

Para cualquier otra consulta o solicitud de información puede utilizar el trámite de remisión de solicitudes y escritos  o dirigirse a la web de la CNMC

¿Qué es cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.

Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.

Más información en la Página Oficial de  cl@ve

Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.