Telecomunicaciones

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SGDA - Sistema de gestión de datos de abonado

Los operadores que presten servicio telefónico disponible al público deben suministrar al SGDA los ficheros actualizados de los datos de sus abonados. Por otro lado, las entidades autorizadas a acceder a los datos de los abonados, como servicios de emergencia y los prestadores de servicios de guías y de consulta telefónica sobre números de abonado (118AB), deben descargar los archivos desde SGDA con la periodicidad establecida en la Circular.