Circular informativa 4/2015

Energía - Electricidad

Descripción del trámite

Envío de información por parte de las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de actividad, de acuerdo a los formatos establecidos Circular informativa 4/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

Instrucciones

Resumen descriptivo de la auditoría en formato Excel:  R1-XXX_AUDITORIA_1.xlsx

Con fecha 16 de diciembre de 2022 se remitió al Consejo Consultivo de Electricidad la Propuesta de Resolución por la que se establece la retribución de las empresas titulares de instalaciones de distribución de energía eléctrica para el año 2020, junto con sus anexos, al objeto de que sus miembros pudieran hacer las observaciones que estimaran oportunas.

En las alegaciones recibidas durante dicho trámite, ciertas empresas distribuidoras, tras haber detectado errores en la información declarada en su momento, solicitan modificar los datos declarados y/o enviar nueva información. 

En aras de poder realizar el cálculo de la retribución con la mejor información disponible, se ha acordado, de manera excepcional, proceder a la apertura del procedimiento para la presentación de la información relativa a la información correspondiente al ejercicio 2018, para determinadas empresas que han solicitado modificar la información declarada. Asimismo, se permite una nueva entrega a aquellas empresas cuya última declaración contenía errores de formato o no superaron las validaciones establecidas al efecto, al objeto de que puedan subsanar dicha circunstancia. 

Se aplicarán las validaciones vigentes en el momento de la entrega original, según se detalla en el fichero adjunto

Validador_Circular 2018.xlsx

Plazos

Se mantendrá abierta la recepción de información correspondiente al año 2018, desde el martes 12 de septiembre hasta el martes 19 de septiembre de 2023, ambos inclusive. 

Normativa

  • Circular informativa 4/2015, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad.
  • Aclaraciones
  • Circular informativa 8/2021,  de 1 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de petición de información a las empresas distribuidoras de energía eléctrica para la supervisión y cálculo de la retribución de la actividad

Requisitos técnicos

Certificado Certificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

 

En caso de utilizar el trámite del registro electrónico, se requiere además:

Máquina virtual de Java Compresor de ficheros

El formulario del Registro Electrónico sólo permite adjuntar un único fichero y éste deberá estar en formato comprimido (zip). En él, se deberán incluir todos los archivos que se deseen adjuntar al trámite. Si no dispone de una herramienta para generar el fichero comprimido, puede acceder a 7-Zip y descargarse la aplicación gratuita.

Preguntas frecuentes

¿A dónde debe dirigirse si tiene consultas sobre distribuidoras eléctricas?

Si tiene alguna duda o consulta sobre las distribuidoras de energía eléctrica o este procedimiento, puede contactar con el buzón circular8_2021@cnmc.es.

Consultas e incidencias exclusivamente técnicas de la Sede Electrónica

Si tiene alguna incidencia o consulta técnica relacionada con el uso de la sede electrónica o con el acceso al portal de notificaciones, puede rellenar el siguiente formulario.

Para cualquier otra consulta o solicitud de información puede utilizar el trámite de remisión de solicitudes y escritos  o dirigirse a la web de la CNMC

¿Qué es cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.

Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.

Más información en la Página Oficial de  cl@ve

Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.