Entes públicos General
No utilice este procedimiento si no es una administración pública.
Descripción del trámite
Este servicio permite a otras Administraciones Públicas remitir a la CNMC escritos/oficios diversos para los que no exista un procedimiento telemático específico. Entre otras finalidades, podrá utilizar este servicio para:
- Remitir a la CNMC solicitudes de informes, sean estos de carácter preceptivo o no, informes sobre propuestas normativas, consultas, etc.
- Aportar información o documentación complementaria a la ya presentada con anterioridad
- Solicitar la condición de interesado en un procedimiento en tramitación
Instrucciones
La pantalla para cumplimentar el formulario de remisión de escritos contiene tres apartados:
- Identificación de la persona o entidad que presenta el escrito: Permite introducir los datos de la persona que firma el escrito, así como de la Administración o entidad representada.
- Objeto de la solicitud o aportación de documentación: Permite introducir una descripción sucinta del objeto de la solicitud o escrito presentados, identificar el expediente o procedimiento de que se trate, y el órgano o unidad de la CNMC al que se dirige el escrito.
- Documentación adjunta: Permite adjuntar ficheros informáticos conteniendo la documentación a remitir a la CNMC, aportando en su caso la versión confidencial y no confidencial de los mismos (ver explicación más abajo).
El contenido de los campos a cumplimentar es el siguiente:
- Identificación de la persona o entidad que presenta el escrito
- Solicitante: Datos de la persona que firmará el escrito dirigido a la CNMC. Los datos del nombre y NIF se obtendrán de manera automática del certificado de firma electrónica utilizado por la persona que vaya a firmar electrónicamente la solicitud.
- Datos de la Administración o entidad pública representada: Para cumplimentar solamente en caso de haber elegido la opción "En nombre de una Administración o entidad pública". En el apartado "En calidad de" se indicará la relación entre la persona que firmará el escrito y su representada. A modo de ejemplo se indicará el cargo/sección dentro de la Administración o entidad pública.Se consignarán al menos los datos obligatorios para identificar a la Administración o entidad pública representada.
- Objeto de la solicitud o aportación
- Expediente: Cuando se remita un escrito en el marco de un procedimiento ya iniciado es importante que se indique el número de expediente o la referencia de procedimiento de que se trate.
- Objeto de la solicitud o aportación: Se recogerá de manera resumida el objeto del escrito presentado. Cuando responda a un escrito de la CNMC señale esta circunstancia y la fecha del mismo.
- Órgano de destino: Se indicará el órgano o unidad de la CNMC a la que se dirige la solicitud o escrito presentado. Cuando responda a un escrito de la CNMC, con carácter general deberá dirigir su respuesta al mismo órgano o unidad que le haya dirigido dicha comunicación.
- Documentación adjunta
- Se acompañará al formulario los documentos o información que resulten necesarios, mediante uno o varios ficheros informáticos. Para facilitar el tratamiento de la información por la CNMC se tendrán en cuenta una serie de criterios generales:
-Remitir ficheros en formatos ampliamente utilizados.
-Identificar los ficheros adjuntos con nombres auto explicativos, indicando, en su caso, con los términos "confidencial" o no "confidencial" el tipo de documento de que se trata.
- Se acompañará al formulario los documentos o información que resulten necesarios, mediante uno o varios ficheros informáticos. Para facilitar el tratamiento de la información por la CNMC se tendrán en cuenta una serie de criterios generales:
Información confidencial
En el caso de que la Administración aporte documentos que contengan datos o información confidencial, podrá indicar o solicitar la confidencialidad de dicha información de manera motivada. Para ello habrá de aportar la declaración o solicitud motivada de confidencialidad, y las versiones confidencial y no confidencial de cada documento afectado.
Normativa
- Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Requisitos técnicos
Certificado Digital
Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.
Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)
Preguntas frecuentes
Consultas e incidencias exclusivamente técnicas de la Sede Electrónica
Si tiene alguna incidencia o consulta técnica relacionada con el uso de la sede electrónica o con el acceso al portal de notificaciones, puede rellenar el siguiente formulario.
Para cualquier otra consulta o solicitud de información puede utilizar el trámite de remisión de solicitudes y escritos o dirigirse a la web de la CNMC
¿Qué es cl@ve?
Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).
Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.
Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.
Más información en la Página Oficial de cl@ve
Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.