Plan de sustitución de contadores tipo 5. Seguimiento 2% restante.

Energía - Electricidad

Descripción del trámite

Envío de información por parte de las empresas distribuidoras de energía eléctrica en relación con el seguimiento y justificación de los contadores que no han podido ser sustituidos por causas no imputables a la distribuidora conforme a lo establecido en la Orden ITC/3860/2007.

Instrucciones

El apartado 2.c) de la disposición adicional primera de la Orden ITC/3860/2007, de 28 de diciembre, por la que se revisan las tarifas eléctricas a partir del 1 de enero de 2008, en la redacción dada por la disposición final 2 de la Orden ETU/1282/2017, de 22 de diciembre, establece que:
“A partir del 1 de enero de 2019, cada una de las empresas distribuidoras de energía eléctrica podrá mantener hasta un máximo de un dos por ciento del total del parque de contadores sin sustituir siempre que sea debido a causas no imputables a la misma. Este hecho deberá ser debidamente justificado y aprobado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
A estos efectos, el 1 de marzo de cada año, comenzando el 1 de marzo de 2019, las empresas distribuidoras deberán remitir, tanto a las Administraciones de las comunidades autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla como a la Dirección General de Política Energética y Minas y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, un listado de los equipos de medida pendientes de sustituir alegando las causas por las que no ha sido posible su sustitución y, en su caso, integración en el sistema de telegestión”.
 
Con el fin de facilitar el tratamiento informático de la información proporcionada por las empresas distribuidoras, a continuación se incluye un formulario de hoja Excel que deberá utilizarse para remitir la información a la CNMC. El nombre del fichero una vez cumplimentado deberá ser Contadores2022_R1-XXX.xlsx, siendo R1-XXX el número de registro correspondiente a la distribuidora a la cual se refiere la información entregada. Para que la información pueda ser tratada correctamente, se ruega no modificar el formato del Excel.

Contadores2022.xlsx

El citado archivo Excel deberá ir acompañado de una memoria justificativa de las causas que han imposibilitado la sustitución de los equipos o, en su caso, la integración de los mismos en los sistemas de telemedida y telegestión, según lo establecido en la Orden ITC/3860/2007.
Dicha memoria deberá entregarse en formato PDF con el nombre Contadores2022_R1-XXX.pdf, siendo R1-XXX el número de registro correspondiente a la distribuidora a la cual se refiere la información entregada.

Únicamente deberán entregar la información aquellas empresas a las que les faltaran contadores por sustituir y que hayan sustituido algún equipo en el ejercicio 2022.

Plazos

Hasta el 1 de marzo de 2023, inclusive

Requisitos técnicos

CertificadoCertificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

Preguntas frecuentes

¿A dónde debe dirigirse si tiene consultas sobre distribuidoras eléctricas?

Si tiene alguna duda o consulta sobre las distribuidoras de energía eléctrica o este procedimiento, puede contactar con el buzón circular8_2021@cnmc.es.

¿Qué es cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.

Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.

Más información en la Página Oficial de  cl@ve

Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.