Energía - Hidrocarburos Líquidos
Descripción del trámite
En virtud de lo establecido en la disposición transitoria sexta del Real Decreto 500/2020, de 28 de abril, a partir del 1 de enero de 2021 el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) ha pasado a ejercer de forma efectiva las funciones como Entidad de Certificación de Biocarburantes (ECB).
En consecuencia, desde el 29 de diciembre este portal de SICBIOS ha dejado de estar operativo y el servicio pasará a ser prestado desde el MITERD. Si desea dirigirse a la ECB para realizar cualquier consulta o comentario puede hacer uso de la siguiente dirección de correo electrónico bzn-sicbios@miteco.es
Normativa
- Circular 2/2017, de 8 de febrero, de la Comisión Nacional de Energía, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
- Circular 5/2020, de 9 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se regula la gestión del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte y se modifica la Circular 2/2017, de 8 de febrero, por la que se regulan los procedimientos de constitución, gestión y reparto del fondo de pagos compensatorios del mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.
- Normativa de Biocarburantes
Preguntas frecuentes
¿A dónde debe dirigirse si tiene consultas sobre SICBIOS?
Si tiene alguna duda o consulta sobre este procedimiento o el sistema de información para la certificación de biocarburantes (SICBIOS), puede contactar con el buzón bzn-sicbios@miteco.es.
¿Qué es cl@ve?
Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).
Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.
Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.
Más información en la Página Oficial de cl@ve
Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.