Certificado digital

Información sobre certificados

A continuación se encuentra información sobre cómo validar certificados electrónicos, los requisitos técnicos necesarios para realizar trámites en esta Sede Electrónica, así como los sistemas de firma y certificados admitidos. En esta sección también se publican los certificados de sede y sello utilizados por esta Sede Electrónica.

Requisitos técnicos

Cuando se accede por primera vez a los trámites de la Sede Electrónica puede aparecer un mensaje de seguridad indicando que el sitio no es de confianza.

Esto generalmente es debido a que la Sede Electrónica utiliza el certificado digital de la Autoridad de Certificación de la Administración Pública Española o de Camerfirma Administraciones Públicas. Estas autoridades en algunos navegadores no tienen instalados los certificados raíz necesarios. Para poder corregir este problema se debe:

Instalar el certificado raíz FNMT-RCM, accediendo a Certificado raíz de la FNMT - RCM
Instalar el certificado raíz APE, accediendo a Certificado raíz de la APE
Instalar el certificado raíz Camerfirma, accediendo a Certificado raíz de Camerfirma
Instalar el certificado raíz Camerfima AAPP, accediendo a Certificado raíz Camerfirma AAPP

Para acceder a los trámites que se encuentran en la Sede Electrónica de la CNMC debe disponer de los siguientes navegadores:

Navegador Microsoft Edge - Mozilla Firefox  - Google Chrome

Sistemas de firma electrónica admitidos

Los medios de autenticación de los ciudadanos para poder interactuar con la administración en las ocasiones en las que se requiere identificación segura son los que se recogen el artículo 13.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE-A-2007-12352), de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos:

  1. Sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas.
  2. Sistemas de firma electrónica avanzada, incluyendo los basados en certificado electrónico reconocido, admitidos por las Administraciones Públicas.
  3. Otros sistemas de firma electrónica, como la utilización de claves concertadas en un registro previo como usuario, la aportación de información conocida por ambas partes u otros sistemas no criptográficos, en los términos y condiciones que en cada caso se determinen.

Para obtener más información sobre qué es la firma electrónica, cómo puede obtenerse, quién puede proporcionarla, cómo y cuándo debe utilizarla acceda a la información que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) pone a su disposición a través de CERES (Certificación Española).

Por su parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre (BOE-A-2009-18358), por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio (BOE-A-2007-12352), de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, distingue en su artículo 10, relativo a la firma electrónica de los ciudadanos, entre personas físicas, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica. En el caso de éstos últimos establece que las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica podrán utilizar sistemas de firma electrónica de persona jurídica o de entidades sin personalidad jurídica para todos aquellos procedimientos y actuaciones de la Administración General del Estado para los que se admitan.

CERES (Certificación Española). CERES (Certificación Española).

Certificados electrónicos admitidos

La validación de certificados se realiza mediante la plataforma @firma, que admite todos los certificados incluidos en el documento que pueden consultar en este enlace.

Validación de firmas y certificados en línea

Para ello debe acceder al siguiente enlace. 

Validación del certificado de sede

Según establece el artículo 11.2 d) del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, toda sede electrónica dispondrá de un sistema de verificación de los certificados de la sede electrónica.

El art 16 de dicho Real decreto establece que la Administración General del Estado dispondrá de una plataforma para la verificación de la vigencia y del contenido de los certificados cualificados admitidos en el sector público. El sistema deberá permitir que tal verificación se pueda llevar a cabo de forma libre y gratuita, para el sector público.

Podrá verificar la validez del certificado de la Sede Electrónica de este Organismo, de forma directa y gratuita, a través de la plataforma VALIDe (enlace a valide)