Procedimientos asociados a la retribución de las instalaciones de distribución y transporte de gas natural, y de las plantas de gas natural licuado - Circular 9/2019 y 4/2020

Energía - Gas

Descripción del trámite

Envío de la información, por parte de las empresas titulares, de las instalaciones de distribución de gas natural, de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, con el objeto de dar cumplimiento a los procedimientos recogidos en:

  • La Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado.
  • La Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología de retribución de la distribución de gas natural.

Procedimientos

La metodología retributiva, definida en la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, requiere que las empresas titulares de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado, den cumplimiento a su obligación de remitir información a la CNMC según los procedimientos descritos para los siguientes actos:

  • PT01 – CPSCT: Comunicación de Productos y Servicios Conexos (art.8)

  • PT02– CCOMA: Comunicación de OCOM y COPEX (art. 12, art.13)

    • Antes del 1 de julio de cada año, las empresas transportistas informarán a la CNMC a través de este trámite, sobre los costes de O&M que no están incluidos en los valores unitarios de referencia de O&M y, en particular, sobre los gastos de explotación activados, directos e indirectos, incurridos el año natural anterior, así como aquellos previstos para los dos años siguientes.
    • Acceso a InstruccionesAcceso al Trámite con certificado - Acceso al Trámite con cl@ve
  • PT03 – CCDIT: Comunicación de Certificados Disponibilidad de las Instalaciones (art.15)

    • Antes del 1 de noviembre posterior al año de gas, los transportistas acreditarán la disponibilidad de las instalaciones en extensión de vida útil, mediante certificado suscrito por el responsable de la planta de GNL o del centro de mantenimiento que gestiona la instalación a través de este trámite.
    • Acceso a Instrucciones – En Construcción
  • PT04 – SISAE: Solicitud instalaciones en Situación Administrativa Especial (art.19)

  • PT05 – CPICT: Comunicación Planes de Inversiones y Cierre de instalaciones (art.22)

    • Antes del 15 de octubre de cada año, las empresas titulares de las instalaciones de transporte de gas y de las plantas de GNL presentarán sus Planes a través de este trámite.
    • Acceso a Instrucciones – En Construcción
  • PT06 – SIRRS: Solicitud del carácter singular de la instalación a efectos del régimen retributivo (art.23)

  • PT07 – SIRRP: Solicitud Inclusión provisional en el régimen retributivo (art.24)

    • A través de este trámite, los titulares de las instalaciones podrán solicitar a la CNMC la inclusión provisional en el régimen retributivo de una nueva instalación, o la modificación de una existente, cuya capacidad hubiera sido ampliada. La fecha límite de presentación de la solicitud es el 1 de febrero posterior a la fecha del acta de puesta en servicio.
    • Acceso a Instrucciones - Acceso al Trámite con certificado - Acceso al Trámite con cl@ve
  • PT08 – SIRRD: Solicitud Inclusión definitiva en el régimen retributivo (art.25)

    • A través de este trámite, los titulares de las instalaciones solicitarán a la CNMC la inclusión definitiva en el régimen retributivo de una nueva instalación, o de la modificación de una instalación existente, cuya capacidad hubiera sido ampliada. La fecha límite de solicitud será el 1 de julio del segundo año posterior al año de puesta en servicio de la instalación.
    • Acceso a Instrucciones - Acceso al Trámite con certificado - Acceso al Trámite con cl@ve
  • PT09 – CTTIT: Comunicación de la transmisión de titularidad de instalaciones (art.26)

  • PT10 – CCAIT: Comunicación del cierre de instalaciones (art.27)

  • PT11 – OCSER: Otras comunicaciones con efectos retributivos

    • A través de este trámite, las empresas titulares de las instalaciones de transporte y de planta de GNL, podrán remitir comunicaciones y solicitudes que, al efecto, consideren necesarias para el desarrollo correcto de la metodología retributiva, recogida en la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a través de este procedimiento.
    • Acceso a Instrucciones - Acceso al Trámite con certificado - Acceso al Trámite con cl@ve

La metodología retributiva, definida en la Circular 4/2020, de 31 de marzo, requiere que las empresas titulares de las instalaciones de distribución de gas natural, den cumplimiento a su obligación de remitir información a la CNMC según los procedimientos descritos para los siguientes actos:

  • PD00 – IDAAD: Requerimiento de información para determinar el ajuste retributivo de la actividad de distribución aplicable a las empresas en el periodo 2021-2016 en vista de los cambios que hayan tenido lugar como consecuencia de operaciones societarias ocurridas tras la Orden ECO/31/2003, de 16 de enero (art. 6.3)

    • A través de este trámite, las empresas proporcionarán las respuestas a los requerimientos de información que la CNMC considere necesarios para determinar el ajuste retributivo previsto en el artículo 6 de la Circular 4/2020 que aplica a las actuales titulares de las redes de distribución que estaban en servicio cuando se publicó la Orden ECO/31/2003, de 16 de enero.
    • Acceso a Instrucciones - Acceso al Trámite con certificado - Acceso al Trámite con cl@ve
  • PD01 – CPSCD: Comunicación de Productos y Servicios Conexos (art.9)

  • PD02- SIDRR: Solicitud Inclusión de una nueva distribuidora en el régimen retributivo (art.10)

    • A través de este trámite, los titulares de las instalaciones de distribución solicitarán a la CNMC la inclusión en el régimen retributivo de una nueva distribuidora.
    • Acceso a Instrucciones – En Construcción
  • PD03- CTTID: Comunicación de la transmisión de titularidad de instalaciones (art.11)

  • PD04- CGISD: Comunicación de las redes de Distribución en servicio a 31 de diciembre del año anterior (art.12)

  • PD05-CPDCD: Comunicación de los planes de desarrollo y de cierre de instalaciones (art.12)

    • Antes del 15 de diciembre de cada año, las empresas titulares de las instalaciones de distribución deberán comunicar la información sobre los planes de desarrollo y de cierre de instalaciones de las empresas distribuidoras para el año en curso y los diez años siguientes a través de este trámite.
    • Acceso a Instrucciones – En Construcción
  • PD06 - SICORED: Información regulatoria de costes de distribución (D.A. 7ª)

    • Se aprobará, previa audiencia, mediante circular, las disposiciones pertinentes para el desarrollo de la información regulatoria de costes y para la obtención de toda aquella información necesaria para determinar si las empresas distribuidoras están recibiendo por su actividad de distribución de gas natural una rentabilidad adecuada, en los términos que dispone el artículo 60.1 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre
    • Pendiente de Desarrollo
  • PD07 - IERMD: Requerimiento de información para evaluación del modelo retributivo establecido en esta circular (D.A. 8ª)

    • Se desarrollará en su momento para la obtención de toda aquella información necesaria para realizar la evaluación del modelo retributivo establecido en la D.A. 8ª antes de finalizar un período regulatorio.
    • Pendiente de Desarrollo
  • PD08 - OCSER: Otras comunicaciones con efectos retributivos en la Actividad de Distribución

    • A través de este trámite, las empresas titulares de las instalaciones de distribución, podrán remitir comunicaciones y solicitudes que, al efecto, consideren necesarias para el desarrollo correcto de la metodología retributiva, recogida en la Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
    • Acceso a InstruccionesAcceso al Trámite con certificadoAcceso al Trámite con cl@ve

Normativa

El Real Decreto-Ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, asignó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, entre otras, la función de establecer para el Sector del Gas Natural, y mediante circular, la metodología, los parámetros y la base de activos para la retribución de la actividad de distribución de gas natural.

Con el objetivo de dar cumplimiento efectivo a las nuevas competencias de la CNMC, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 92.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, en los artículos 7.1h, 7.36 y 28.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio; la Dirección de Energía de la CNMC, al amparo de lo dispuesto por el artículo 10.3. del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre.

  • Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural licuado
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  • Circular 4/2020, de 31 de marzo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de la distribución de gas natural

Requisitos técnicos

 Certificado Certificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

Preguntas frecuentes

Consultas e incidencias exclusivamente técnicas de la Sede Electrónica

Si tiene alguna incidencia o consulta técnica relacionada con el uso de la sede electrónica o con el acceso al portal de notificaciones, puede rellenar el siguiente formulario.

Para cualquier otra consulta o solicitud de información puede utilizar el trámite de remisión de solicitudes y escritos  o dirigirse a la web de la CNMC

¿Qué es cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.

Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.

Más información en la Página Oficial de  cl@ve

Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.