Liquidaciones RECORE. Carga de información de combustibles

Energía - Electricidad

Descripción del trámite

Carga de ficheros con información anual sobre los combustibles utilizados en las instalaciones con derecho a régimen retributivo específico. Dicha información debe ser remitida por los representantes de las instalaciones. Durante el primer trimestre de cada año se remitirá la información de los combustibles consumidos durante el año anterior (art. 8 y disposición transitoria tercera del RD 413/2014, de 6 de junio).

Instrucciones

  1. La información deberá ser remitida por el representante de la instalación.
  2. Introducir la información de la carga: En el apartado “Información de la carga” deberá incluir un listado de los CILes de los que se remite información, según el siguiente procedimiento:
    1. Seleccionar el año para el que se presenta la información en el menú desplegable (en caso de que sea distinto del último año).
    2. Introducir el CIL del cual se remite la información del consumo de combustibles
    3. Indicar si se adjunta o no documentación en este trámite.
    4. Adjuntar la documentación (.zip), o bien indicar el registro en que se envió dicha documentación.
    5. Adjuntar el fichero de carga (.txt).
  3. Añadir CIL. Comprobar que los datos introducidos aparecen en el listado inferior.
  4. Repetir para cada CIL a remitir los pasos del punto anterior.
  5. Presentar la solicitud: Una vez introducida la información de todos los CILes que se quieran enviar, presionar en “Revisar y presentar”.
  6. Comprobar el resultado de la carga: Una vez procesado el envío, recibirá una notificación en la que se indicará el resultado de la carga, que deberá comprobarse y subsanarse cualquier error detectado.
  7.  
  8. Los ficheros que deberán aportarse son:
  9. Documentación (.zip): Fichero por cada CIL informado:
    1. Formato: Fichero comprimido con el nombre del CIL seguido del año separado por guion bajo (Ejemplo: ES0012345678901234AB1F001_2024.zip).
    2. Contenido: documentación acreditativa de los consumos declarados de combustibles, acreditación de sostenibilidad en caso de combustibles de biomasa, etc, y que será como mínimo una declaración responsable de dichos consumos, indicando claramente el CIL, tipos de combustibles, cantidades y PCIs.
    3. Obligatoriedad: Dicha documentación podrá ser omitida en caso de haber sido remitida en un trámite previo, indicando en este caso el nº de registro en el que fue remitida.
  10.  
  11. Fichero de carga (.txt):
    1. Formato: Fichero de texto con el nombre del CIL seguido del año separado por guion bajo “_” (Ejemplo: ES0012345678901234AB1F001_2024.txt)
    2. Contenido: información del consumo de combustibles de cada instalación, en formato texto con los campos separados por punto y coma, con el formato definido en el documento “Intercambio de información – Datos operación del sistema” .

Plazos

La información debe ser remitida entre el 1 de enero y el 31 de marzo de cada año, en el que se debe enviar la información sobre el consumo de combustibles del año anterior. En fase de subsanaciones se puede presentar en cualquier momento.

Normativa

Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Circular 1/2017, de 8 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, que regula la solicitud de información y el procedimiento de liquidación, facturación y pago del régimen retributivo específico de las instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos.

Requisitos técnicos

Certificado Certificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

 

Máquina virtual de Java Compresor de ficheros

El formulario del Registro Electrónico sólo permite adjuntar un único fichero y éste deberá estar en formato comprimido (zip). En él, se deberán incluir todos los archivos que se deseen adjuntar al trámite. Si no dispone de una herramienta para generar el fichero comprimido, puede acceder a 7-Zip y descargarse la aplicación gratuita.

Preguntas frecuentes

¿Dónde puede obtener el listado de posibles errores de procesamiento de ficheros de carga de los combustibles?

El listado con los posibles errores que se pueden encontrar se puede descargar aquí

¿Es necesario rellenar los campos CONSUMO ACREDITADO y PCI COMBUSTIBLE ACREDITADO en el fichero de carga de combustibles?

Los campos CONSUMO ACREDITADO y PCI COMBUSTIBLE ACREDITADO son obligatorios en caso de que la instalación esté obligada a enviar la información sobre los combustibles de biomasa que cumplen los criterios de sostenibilidad y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, de acuerdo con el RD 376/2022, de 17 de mayo. 

Si la instalación no consume combustibles de biomasa dichos campos deberán dejarse vacíos. Si, consumiendo combustibles de biomasa, la instalación está exenta de acreditar dichos criterios, los campos pueden aparecer vacíos.

En caso de que dichos campos tengan un valor mayor que 0, deberá acompañarse la declaración de combustibles con la documentación acreditativa del cumplimiento de los criterios mencionados.

En caso de que el campo CONSUMO ACREDITADO esté relleno y tenga un valor mayor que cero, las unidades deberán ser las mismas que las de CONSUMO, y en ese caso es obligatorio indicar el PCI de dicho combustible.

¿Es necesario rellenar el campo GRUPO HÍBRIDAS en el fichero de carga de combustibles?

El campo GRUPO HÍBRIDAS es obligatorio únicamente para las instalaciones híbridas. En este campo se informará del grupo de la instalación híbrida (b.6, b.8 o c.2) al que se asigna la cantidad de combustible que se está informando. 

En el caso de que un combustible auxiliar (secundario) se utilice en más de un grupo de la instalación, deberá asignarse el consumo realizado entre dichos grupos, de forma que aparecerán varias líneas con este combustible, cada una indicando el grupo de la hibridación al que se asocia el consumo indicado, de forma que la suma de los consumos de las distintas líneas sea la cantidad total de combustible utilizado.

En el caso de instalaciones NO híbridas, este se dejará aparecerá vacío.