Energía
Descripción del trámite
Remisión de información conforme al artículo 4.4 de la Orden TEC/271/2019, de 6 de marzo, del Ministerio para la Transición Ecológica.
Instrucciones
Para la adecuada cumplimentación de la solicitud ponemos a su disposición, si fuese necesaria, la documentación específica de la misma:
Anexos
Anexo II Tablas (Información complementaria necesaria para llevar a cabo la liquidación de los suplementos territoriales correspondientes a la Comunidad Autónoma)
- Tabla Anexo II.1: Información complementaria de sujetos pasivos.
- Tabla Anexo II.2: Información de sujetos pasivos y tributos.
Ayuda e instrucciones
Normativa
- Orden ETU/35/2017, de 23 de enero, por la que se establecen los suplementos territoriales en las comunidades autónomas de Cataluña, La Rioja, Castilla-La Mancha y Comunitat Valenciana, en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondientes al ejercicio 2013.
- Orden ETU/66/2018, de 26 de enero, por la que se fijan los tributos y recargos considerados a efectos de los suplementos territoriales y se desarrolla el mecanismo para obtener la información necesaria para la fijación de los suplementos territoriales en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondientes al ejercicio 2013.
- Orden TEC/271/2019, de 6 de marzo, por la que se establecen los suplementos territoriales en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, Madrid, la Región de Murcia y Navarra en relación con los peajes de acceso de energía eléctrica correspondientes al ejercicio 2013 y se establece el procedimiento de liquidación de los suplementos territoriales.
Requisitos técnicos
Certificado Digital
Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 30 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.
Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)
Preguntas frecuentes
¿A dónde debe dirigirse si tiene dudas o consultas sobre la Sede Electrónica?
Si tiene alguna duda o consulta técnica relacionada con la sede electrónica o con alguno de sus trámites electrónicos, puede contactar con el buzón de soporte gestion.sedeelectronica@cnmc.es.
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