Incumplimientos Artículo 21 Real Decreto 6-2022

Energía - Hidrocarburos Líquidos

Descripción del trámite

Los operadores al por mayor de productos petrolíferos con capacidad de refino en España y con una cifra anual de negocios superior a 750 millones de euros (Repsol, Cepsa y BP) deberán satisfacer una prestación patrimonial de carácter público no tributario de periodicidad trimestral, tal y como se indica en el artículo 21 del RDL 6/2022.
Dichos operadores no estarán obligados a aportar la prestación patrimonial si se comprometen a realizar de forma inequívoca un descuento mínimo de 5 c€/lt (5 c€/kg para los productos GNC y GNL) a los consumidores finales.
Con el objetivo de que las Administraciones públicas de acuerdo con las facultades atribuidas en la normativa propia, puedan comunicar de manera eficaz a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia los posibles incumplimientos de los compromisos emitidos en el marco de esta norma, se utilizará el presente formulario según las instrucciones y el formato definido.

Instrucciones

Formato del fichero de datos

Todos los incumplimientos que hayan sido detectados por la Dirección General de Consumo de una comunidad autónoma deberán ser incluidos en un único fichero de texto en formato CSV.

Es muy importante destacar que cada fila corresponde a un día determinado. No debe incluirse una fila que afecte a dos días diferentes. Lo mismo ocurre con los productos, cada fila debe afectar un solo producto. Si por ejemplo se detectan incumplimientos en dos productos distintos el mismo día, deben incluirse dos filas

El detalle de cada campo que debe contener el fichero se encuenta definida  en el siguiente documento.
 

Documentación de apoyo con las pruebas

Para que la CNMC pueda realizar un análisis más profundo de los incumplimientos, se hace necesario contrastar todos aquellos documentos que puedan probar el incumplimiento.
Por esta razón, los ficheros de cualquier tipo asociados a un incumplimiento deben guardarse dentro de una carpeta cuyo nombre sea el identificador del incumplimiento.
Todas las carpetas relacionadas con una entrega a la CNMC, es decir, asociadas con un fichero CSV presentado por este trámite, deben comprimirse en un fichero único que será el que se presente.
Sólo han de incluirse carpetas cuyo nombre coincida con el identificador de alguno de los incumplimientos. Cualquier carpeta que no siga este criterio será descartada. Si algún documento fuese útil para probar varios incumplimientos, deberá replicarse y copiarse en cada una de las carpetas de esos incumplimientos.

Normativa

Requisitos técnicos

Certificado Certificado Digital

Un certificado digital de persona física, jurídica o de representante que haya sido emitido por cualquier prestador de servicios de certificación de los que hayan realizado la comunicación preceptiva ante el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, conforme al artículo 17 de la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y por el DNI-e emitido por la Dirección General de la Policía.

Consulta de prestadores de servicios de certificación On Line (Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital)

 

Preguntas frecuentes

Consultas e incidencias exclusivamente técnicas de la Sede Electrónica

Si tiene alguna incidencia o consulta técnica relacionada con el uso de la sede electrónica o con el acceso al portal de notificaciones, puede contactar con el buzón  incidencias.sede@cnmc.es

Para cualquier otra consulta o solicitud de información puede utilizar el trámite de remisión de solicitudes y escritos  o dirigirse a la web de la CNMC

¿Qué es cl@ve?

Algunos trámites requieren que se identifique electrónicamente (de la misma manera que también tendría que hacerlo si realizara el trámite presencialmente).

Cl@ve es un sistema gestionado por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

Su objetivo principal es que el ciudadano pueda identificarse ante la Administración mediante el mecanismo más conveniente en función del trámite que quiera realizar y de la manera más sencilla posible, de entre las siguientes: certificado electrónico/DNI-e, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente, Cl@ve para ciudadanos de la UE.

Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Para su uso, algunos de los mecanismos exigen registrarse en Cl@ve.

Más información en la Página Oficial de  cl@ve

Si usted utiliza Cl@ve para presentar el formulario de “Comunicación de datos de contacto para notificaciones” para una persona jurídica, deberá adjuntar los poderes o documentos necesarios para acreditar su capacidad de representación.